Congreso propone permitir ingreso de bebidas y alimentos a conciertos masivos

La medida busca aplicarse a espectáculos de pago con capacidad superior a 500 asistentes

El grupo parlamentario Ahora Nación presentó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley N.° 00116-2026-2031-CD, promovido por el diputado Ángel Renato Meneses Crispín, con el propósito de “regular el ingreso de agua, alimentos y bebidas a eventos de concurrencia masiva”.

La medida busca aplicarse a espectáculos de pago con capacidad superior a 500 asistentes, garantizando que el público pueda ingresar con sus propios refrigerios y bebibles siempre que mantengan características equivalentes a los comercializados al interior de los recintos.

Además, la norma obligaría a las empresas promotoras a permitir envases transparentes sellados y a implementar estaciones señalizadas de hidratación gratuita con agua apta para consumo humano.

Exigencias de transparencia y excepciones operativas

Las empresas organizadoras tendrían el deber de comunicar en sus plataformas digitales y canales oficiales, con un mínimo de tres días de anticipación, las especificaciones exactas sobre los recipientes y botellas admitidos para cada jornada.

Aunque la norma consagra el libre acceso de comida y bebida similar a la oferta interna, contempla una salvedad si la productora restringe el consumo de comestibles de manera total para todos los asistentes bajo “razones objetivas, justificables que lo sustenten”, sin que dicha limitación alcance jamás al agua potable.

Quedarían exentos de esta regulación los montajes teatrales y las funciones respaldadas por estímulos económicos del Ministerio de Cultura (Mincul) que prohíban el consumo general dentro de sus salas.

Supervisión y régimen sancionador a cargo del Indecopi

La propuesta legislativa delega la fiscalización y aplicación de multas en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), tomando como base doctrinaria las resoluciones históricas dictadas contra cadenas de cine como Cineplanet y Cinemark frente a restricciones comerciales abusivas.

Al amparo del Código de Protección y Defensa del Consumidor, la entidad vigilará que la presencia de locales de venta no condicione el derecho de hidratación de los usuarios. En caso de recibir el visto bueno del pleno parlamentario, la ley entraría en vigencia 90 días calendario tras su publicación en el diario oficial El Peruano.