
El abogado José Tello advirtió que la adulteración de material electoral constituye un delito sancionado por la ley peruana.
El especialista recordó que estas conductas están contempladas en el artículo 359 del Código Penal y pueden ser castigadas con penas de entre 2 y 8 años de prisión.
La precisión surge luego de la intervención de un personero del partido político de Juntos por el Perú, quien fue sorprendido con una cédula de votación presuntamente marcada dentro de un centro de sufragio.
El experto en temas electorales José Tello explicó que la adulteración de material electoral, como las cédulas de votación, configura un delito contra la voluntad popular y un atentado directo contra el derecho al sufragio.
Según precisó, estas conductas están sancionadas por el Código Penal con penas que van de 2 a 8 años de prisión.
El abogado remarcó que se trata de una infracción de especial gravedad debido a que involucra la manipulación de material electoral, un elemento esencial para garantizar la transparencia y legitimidad de los procesos democráticos.
Por ello, advirtió que cualquier intervención irregular sobre estos documentos puede dar lugar a una investigación penal y a severas sanciones.
José Tello destacó la rápida intervención de la Policía Nacional del Perú ante el presunto hecho irregular y consideró que la actuación inmediata de las autoridades resulta fundamental para preservar la transparencia del proceso electoral.
Asimismo, indicó que corresponde al Ministerio Público asumir las diligencias de investigación a través del fiscal de turno encargado del caso.
El abogado también aclaró que la situación no impide que la organización política involucrada continúe ejerciendo su labor de fiscalización en la mesa de sufragio.
En ese sentido, explicó que el partido puede designar a otro personero para reemplazar al intervenido y garantizar así su representación durante el desarrollo de la jornada electoral.
José Tello exhortó a la ciudadanía a mantener la calma frente a este tipo de incidentes y consideró que, mientras las investigaciones continúan, los electores deben entender que podrían tratarse de hechos aislados.
En esa línea, pidió evitar conclusiones apresuradas que generen desconfianza generalizada o alimenten la percepción de que el proceso electoral carece de garantías.
Asimismo, señaló que las investigaciones no deberían limitarse únicamente a la persona intervenida, sino extenderse a toda la cadena de responsabilidades vinculada al caso.
Por ello, recomendó que las diligencias alcancen al coordinador de personeros de la agrupación política en el centro de votación, así como a la personería que acreditó al representante y a las autoridades electorales competentes, con el objetivo de esclarecer lo ocurrido y determinar las responsabilidades correspondientes.