Presidente Castillo promulga ley que permite la incineración de restos de terroristas
Esta norma se evaluó tras la muerte del cabecilla de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán

A través de una publicación en una edición extraordinaria en el Diario El Peruano, se dio a conocer este viernes 17 que se permitirá la incineración de los cadáveres de los terroristas fallecidos, como es el caso del genocida Abimael Guzmán.
“Artículo 112-A.- En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia”, se capta.
Asimismo, la presidencia del Perú también se pronunció a través de un comunicado en su cuenta oficial de Twitter: “gobierno promulga la Ley N° 31352 que incorpora el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, a fin de establecer el destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por los delitos de traición a la patria o de terrorismo”, indicó.

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