Tribunal Constitucional anuló investigación contra Lourdes Flores por lavado de activos

El TC adoptó esta medida al declarar "fundada" una demanda de amparo que presentó la lideresa

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El Tribunal Constitucional (TC) resolvió anular la investigación penal que afrontaba la lideresa del Partido Popular Cristiano (PPC), Lourdes Flores Nano, por la presunta recepción de aportes ilícitos de las constructoras Odebrecht y Camargo Correa durante las elecciones generales de 2006.

La mayoría del colegiado concluyó que imputarle el delito de lavado de activos mediante actos de recepción vulnera el principio de legalidad penal, debido a que dicha modalidad recién fue incorporada al Código Penal en noviembre de 2016, diez años después de los hechos imputados.

El precedente del Caso Cócteles

Para sustentar su resolución, el TC tomó como base el criterio jurisprudencial aplicado previamente en el denominado Caso Cócteles, reiterando que ninguna norma punitiva puede aplicarse de manera retroactiva a conductas que no estaban tipificadas al momento de ejecutarse.

En esa línea, los magistrados advirtieron que la tesis formulada por el Ministerio Público en diciembre de 2022, la cual señalaba pagos clandestinos de entre 10 mil y 15 mil dólares de Odebrecht y 100 mil dólares de Camargo Correa, carecía de una debida individualización sobre el origen ilícito del dinero.

Cuestionamiento a la presunción del dolo fiscal

El máximo intérprete de la Constitución remarcó además que la imputación fiscal no delimitó adecuadamente la procedencia delictiva de los fondos ni acreditó el conocimiento previo de la investigada.

Al respecto, el pleno enfatizó que “el dolo o la intención criminal no debe presumirse”, desestimando que la mera recepción de aportes de campaña electoral en 2006 configure automáticamente una conducta delictiva bajo los estándares legales de aquella época.