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Las motos eléctricas en el Perú se han convertido en una “bomba de tiempo” en las calles de Lima debido a los vacíos legales que permiten su circulación sin control. La venta de motos eléctricas en Lima no requiere ni licencia, placa, ni SOAT, según vendedores. Incluso, superan los 50 km/h de velocidad.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) establece que cualquier vehículo eléctrico que supere los 25 km/h debe ser clasificado como vehículo automotor. Además, deberá cumplir con todas las exigencias.
El Decreto Supremo N.º 023-2021-MTC establece que las motos eléctricas de categoría L1 (velocidad entre 25 y 50 km/h) y L3 (velocidad superior a 50 km/h) requieren licencia de conducir B2, placa de rodaje, SOAT, tarjeta de propiedad e inspección técnica.
Ante ello, un vendedor consultado admitió que su vehículo corre 60 km/h, pero dijo: “No requiere ni licencia ni SOAT ni placa”. Los conductores circulan sin casco, transportan familias, invaden ciclovías y veredas a altas velocidades, poniendo en riesgo a los peatones.
Cabe recordar, que en 2025 se reportaron más de 700 accidentes con scooters eléctricos. Las multas por incumplimiento pueden alcanzar los S/ 2,100 y la retención del vehículo.