Indecopi ratifica millonaria multa a Medifarma por suero defectuoso y ordena reparar a víctimas

Farmacéutica también deberá asumir gastos médicos, funerarios e implementar medidas para prevenir nuevos riesgos

El Indecopi confirmó, en segunda y última instancia administrativa, la multa de 450 UIT (S/2 millones 475 mil) impuesta a Medifarma S.A. por comercializar un lote defectuoso de suero fisiológico al 0,9 % que ocasionó graves afectaciones a la salud y la muerte de varios pacientes. Con esta decisión, la entidad ratificó la responsabilidad administrativa de la farmacéutica por distribuir el producto en el mercado nacional.

Además de mantener la sanción económica, el organismo dispuso una serie de medidas correctivas para reparar a los afectados. Según la Resolución 3041-2026/SPC, “Medifarma deberá asumir de manera directa los gastos médicos para la recuperación de los sobrevivientes afectados y cubrir los costos de sepelio de las víctimas mortales, o gestionar los reintegros correspondientes”.

La Sala también rechazó los pedidos de nulidad presentados por la empresa y declaró improcedente su solicitud para suspender el procedimiento administrativo sancionador. Aunque esta decisión agota la vía administrativa dentro del Indecopi, la resolución aún puede impugnarse ante el Poder Judicial.

¿Qué medidas deberá cumplir Medifarma?

La resolución establece que la empresa deberá habilitar un procedimiento de atención para las personas afectadas que todavía no han sido identificadas. Este mecanismo tendrá que estar disponible en un plazo máximo de diez días calendario desde la recepción de las solicitudes.

Los consumidores podrán acreditar las complicaciones derivadas del uso del producto mediante historias clínicas, informes médicos, comprobantes de pago o declaraciones juradas emitidas por establecimientos de salud. Con esa documentación podrán solicitar el reconocimiento de los gastos asumidos por las afectaciones ocasionadas por el suero defectuoso.

Deberá informar sobre reparaciones

Como parte de las medidas correctivas, Medifarma tendrá que difundir los canales de atención para las víctimas mediante un aviso en un diario de circulación nacional dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación de la resolución.

Asimismo, deberá mantener durante seis meses un anuncio visible en la portada de su página web y en sus redes sociales. La resolución también obliga a la farmacéutica a presentar informes trimestrales al Indecopi durante un periodo de dos años para acreditar el avance de las reparaciones ordenadas.

Ordenan plan de prevención

La Sala Especializada dispuso además una medida correctiva complementaria orientada a evitar que hechos similares vuelvan a ocurrir. Medifarma deberá diseñar e implementar un programa de cumplimiento normativo enfocado en la prevención de riesgos dentro de sus procesos de producción.

El plan deberá incluir la identificación de fallas en un plazo de 120 días hábiles, la aprobación formal del programa, la capacitación del personal y una auditoría externa independiente para verificar su eficacia. El Indecopi advirtió que el incumplimiento de estas obligaciones podrá generar multas coercitivas y, en el caso de la sanción económica, dar inicio al procedimiento de ejecución coactiva.

Decisión aún puede ser revisada

El caso se originó tras determinarse que Medifarma introdujo al mercado un lote defectuoso de suero fisiológico que ocasionó graves daños a la salud pública y la muerte de varios pacientes. Por estos hechos, la Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 impuso inicialmente la multa de 450 UIT, decisión que ahora confirmó la Sala Especializada.

Con este pronunciamiento, el Indecopi dio por concluido el procedimiento administrativo y reiteró su compromiso de proteger los derechos de los consumidores frente a la comercialización de productos que representen riesgos para la salud. No obstante, la empresa aún tiene la posibilidad de cuestionar la resolución mediante una demanda ante el Poder Judicial.