
El Gobierno autorizó la entrega de un bono extraordinario de S/ 300 para los jóvenes que realizan el Servicio Militar Acuartelado. La medida está incluida en la Ley de Crédito Suplementario para el Año Fiscal 2026 y contempla un pago único durante el mes de julio.
El beneficio está dirigido al personal que se encuentre prestando servicio en el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú. Para financiar esta entrega, se autorizó una transferencia de hasta S/ 13 millones a favor del Ministerio de Defensa.
El bono extraordinario no tendrá carácter remunerativo ni pensionable, por lo que no se considerará para el cálculo de beneficios sociales ni estará sujeto a cargas sociales.
La norma además establece que los beneficiarios deberán estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Ministerio de Defensa informó que este apoyo económico busca reconocer la labor que realizan los jóvenes que forman parte del Servicio Militar Acuartelado en las instituciones castrenses.
“Más beneficios para quienes sirven al Perú. El Gobierno autorizó el otorgamiento de un bono extraordinario de S/ 300, por única vez, para el personal que presta Servicio Militar Acuartelado en el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú”, señaló la entidad a través de sus redes sociales.
Cabe señalar que la disposición forma parte de un conjunto de medidas aprobadas dentro del crédito suplementario solicitado por el Ejecutivo, el cual incluye recursos destinados a diferentes sectores del Estado.
Además del bono extraordinario, el personal del Servicio Militar Acuartelado recibió recientemente un incremento en su asignación económica mensual, vigente desde junio de 2026, según lo establecido en el Decreto Supremo 132-2026-EF.
El aumento varía según el grado y el tiempo de permanencia dentro del servicio. De acuerdo con la información difundida, un soldado, grumete o avionero de la tropa regular pasará a recibir S/ 384 mensuales.
En los niveles más altos de permanencia, como el quinto reenganche, la asignación puede alcanzar hasta S/ 1,203 para grados equivalentes a sargento primero, cabo primero o sus similares dentro de cada institución armada.
La Ley de Crédito Suplementario para el Año Fiscal 2026 también considera un bono extraordinario para otro grupo de trabajadores del Estado. Se trata de un pago de S/ 750 dirigido al personal del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif).
Este beneficio está destinado a trabajadores bajo los regímenes laborales de los decretos legislativos 276, 728 y 1057. Al igual que el bono para el personal militar, tendrá carácter excepcional y no se considerará como parte de la remuneración ni para beneficios sociales.
La implementación de esta bonificación para el Inabif se financiará con el presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.
Para recibir el bono extraordinario, el personal del Servicio Militar Acuartelado deberá encontrarse registrado en el AIRHSP del Ministerio de Economía y Finanzas al momento de la vigencia de la norma.
El Ministerio de Defensa será la entidad encargada de ejecutar las acciones necesarias para concretar el pago, utilizando los recursos transferidos exclusivamente para este fin. La norma precisa que los fondos habilitados para esta entrega no podrán destinarse a otros objetivos distintos al pago del bono autorizado.