ONU no puede ordenar liberación de Castillo, pero gracia presidencial es viable

Especialista Andrés Sota advierte que hábeas corpus admitido no garantiza libertad y presidente Balcázar podría otorgar gracia presidencial a Castillo antes del 26 de julio.

El informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU no es vinculante ni obliga al Estado peruano a liberar al expresidente Pedro Castillo, aunque el presidente José María Balcázar podría otorgarle una gracia presidencial antes del 26 de julio, explica el abogado penalista Andrés Sota.

El especialista precisó que el documento internacional solo constituye una recomendación sin efectos jurídicos obligatorios, a diferencia de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

¿Qué valor legal tiene el informe de la ONU sobre Pedro Castillo?

El informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas no es vinculante, según Andrés Sota.

“Este informe no, al menos no necesariamente. Tenemos que saber diferenciar entre dos tipos de documentos: un documento vinculante que puede emitir, por ejemplo, un tribunal, Corte Interamericana de Derechos Humanos, y un documento no vinculante, un informe que emite este grupo de expertos”, explicó el abogado penalista.

Agregó que, aunque el Estado debe prestarle atención, “no nos obliga a nivel internacional”.

El hábeas corpus de Castillo y el plazo para una decisión

La admisión del hábeas corpus a favor de Pedro Castillo no implica que el juez lo declarará fundado, según Sota.

“Los habeas corpus no pueden rechazarse liminarmente. Acá hay un antecedente, el Tribunal Constitucional ya conoció un habeas corpus por hechos similares, hay pronunciamiento del Tribunal Constitucional, máxima instancia, donde declaró improcedente el habeas corpus”, recordó el abogado.

Precisó que el juez constitucional tenía la obligación de admitir la demanda, pero “de allí a que lo declare fundado es otra historia”.

El penalista estimó que, debido a la repercusión del caso, “posiblemente convoquen a una audiencia y de ahí 2 semanas más o menos el juez constitucional emitirá su decisión”.

La gracia presidencial como vía viable para Castillo

El abogado penalista Andrés Sota consideró que el indulto humanitario no aplica para Castillo porque “no cumple con los requisitos”.

Sin embargo, señaló que la gracia presidencial “podría cumplir con los presupuestos” y ser otorgada por el presidente Balcázar antes de que culmine su mandato el 26 de julio.

No obstante, advirtió que “sería un mensaje totalmente equivocado”.

Explicó que “estamos sancionando penalmente a personas que han cometido graves delitos de corrupción en agravio de todos nosotros, pero luego los perdonamos”.

Sota precisó que, en caso de otorgarse la gracia, el exmandatario quedaría libre del cargo penal, aunque la reparación civil “podría seguirse viendo o verse en la vía civil”.

El caso de Alejandro Toledo y su situación distinta

Sota diferenció la situación de Alejandro Toledo, quien “sí tiene una enfermedad acreditada” y “está destinado lamentablemente a fallecer en prisión por el tiempo de condena, si es que no gana un recurso”.

En su caso, consideró que “sí podría darse este derecho de gracia”. No obstante, el penalista insistió en que el mensaje político “finalmente es inadecuado” y que el sistema jurídico “tendría que sancionar estos actos”.