
El Tribunal Constitucional se extralimitó al declarar que los hechos imputados a Nadine Heredia y Ollanta Humala no constituían delito, sostuvo Percy André Sota Sánchez. El abogado penalista calificó la sentencia como “un claro exceso” y advirtió que establece un nuevo estándar jurídico.
El fallo califica los hechos como atípicos. Esto permite a la exprimera dama regresar al Perú sin restricciones judiciales. Sin embargo, su defensa evalúa su retorno por conveniencia política.
El Tribunal Constitucional estableció que los actos investigados no estaban tipificados en la ley penal. Se trata de un estándar “más que una declaración de inocencia”, explicó Sota.
La sentencia no determina una falta de pruebas. Señala que los hechos no constituyen delito. Por ello, Heredia puede retornar al país cuando lo desee.
Sota remarcó que el fallo “es más que una declaración de inocencia”. Según explicó, el TC determinó que los hechos eran atípicos y, por tanto, no constituían un hecho ilícito.
El especialista en Derecho Penal Económico calificó el fallo como un “exceso” del Tribunal Constitucional. A su juicio, el organismo resolvió “más allá de lo que se le pide”.
También cuestionó las consecuencias de este nuevo estándar. Advirtió que permitiría a la justicia constitucional intervenir en asuntos propios de la justicia penal. Para Sota, esto es “incorrecto a todas luces”.
Además, sostuvo que el Tribunal Constitucional es “un órgano jurídico y político” y que debe prever las consecuencias de sus decisiones. Con este precedente, advirtió que “de acá a unos meses” el tribunal podría cambiar nuevamente de criterio en un caso no político.