
El abogado penalista Luis Gutiérrez señaló que los pedidos de indulto a Pedro Castillo seguirán siendo rechazados debido a candados legales que impiden su otorgamiento, como la falta de sentencia firme para el indulto común y la ausencia de plazos irrazonables para la gracia presidencial.
El especialista explicó que el informe del grupo de trabajo de la ONU, que recomendó la excarcelación de Castillo, fue emitido cuando el expresidente era un procesado en prisión preventiva, pero hoy ya tiene una condena en primera instancia.
Gutiérrez descartó que el presidente Balcázar pueda otorgar el beneficio sin el refrendo del ministro de Justicia.
El abogado Luis Gutiérrez explicó que el informe del grupo de trabajo de la ONU, entregado el 14 de noviembre de 2025, fue emitido cuando Pedro Castillo se encontraba en prisión preventiva.
“La condición de Castillo al momento del informe era de preso preventivo, por eso es que recomiendan excarcelación. El escenario hoy día es distinto. Él ya está sentenciado, está condenado”, señaló.
El especialista enfatizó que la condena en primera instancia cambia radicalmente la situación jurídica del expresidente, por lo que el informe de la ONU no puede ser utilizado como argumento para solicitar un indulto o derecho de gracia.
“Eso no lo toma en cuenta el informe de la ONU”, afirmó.
El penalista detalló las diferencias entre estas figuras legales.
“El indulto común requiere que la persona ya haya cumplido los fines de la pena, la resocialización. El indulto humanitario es por razones de una enfermedad grave que hace incompatible cumplir la pena en el penal. El derecho de gracia es por causas atribuibles al Estado que generan una demora injustificada”, explicó.
Gutiérrez señaló que el proceso de Castillo ha sido “totalmente célere”, por lo que no se configuran los plazos irrazonables que habilitarían la gracia presidencial.
También descartó una amnistía, señalando que sería “una ley con nombre propio” y que “va a fracasar”.
El abogado fue enfático al señalar que el presidente José María Balcázar no puede otorgar el indulto sin el refrendo del ministro de Justicia.
“Con todo respeto, el señor presidente puede tener la voluntad política que a él le parezca, pero de ahí que eso haga totalmente válido el acto, nada tiene que ver. Lo que hace válido la voluntad política del presidente es el refrendo ministerial”, afirmó.
Gutiérrez recordó que, sin este refrendo, el acto es nulo.
Además, señaló que la condena de Castillo en primera instancia ya surte efectos jurídicos, por lo que ni siquiera una interpretación sistemática del código podría sostener que el expresidente sigue siendo un procesado para aplicar el derecho de gracia.